Silencio Administrativo Positivo en Planes de Igualdad

El Tribunal Supremo Protege a las Empresas Diligentes

Análisis de la STS 6268/2024 que cambia las reglas del juego para empresas con bloqueos sindicales

Una Sentencia que Marca un Antes y un Después

La reciente Sentencia del Tribunal Supremo 6268/2024, de 20 de diciembre, ha establecido una doctrina fundamental que todas las empresas obligadas a elaborar Planes de Igualdad deben conocer. Esta resolución no solo protege los derechos de las empresas diligentes, sino que también ofrece una vía de escape ante situaciones de bloqueo sindical.

El Caso KUTXABANK: Un Ejemplo de Libro

Los Hechos

KUTXABANK Aseguradora cumplió escrupulosamente con sus obligaciones:

  • 14 de enero de 2022: Convocó formalmente a todos los sindicatos (CC.OO, UGT, CIG, ELA, LAB) y al delegado de personal para constituir la mesa de negociación
  • 25 de enero de 2022: Ante la falta de respuesta, realizó segunda convocatoria

La Respuesta Sindical: Un Manual de Excusas

Los resultados fueron desalentadores:

  • CIG: Negativa expresa a participar
  • ELA: «No podía acudir»
  • UGT: «Sin disponibilidad en los próximos tres meses»
  • CC.OO: Confirmó participación… ¡después de la fecha de la reunión!
  • Resultado final: Ningún sindicato se presentó a las reuniones

La Trampa Administrativa

  • 18 de mayo de 2022: La empresa presenta su solicitud de inscripción
  • La Administración realiza múltiples requerimientos sobre la «correcta constitución de la comisión negociadora»
  • 19 de diciembre de 2022: ¡7 meses después!, deniega la inscripción por defectos en la negociación

La Doctrina del Tribunal Supremo: Tres Pilares Fundamentales

1. El Silencio Administrativo Positivo es Sagrado

El Alto Tribunal es tajante:

«Transcurrido el plazo de tres meses (…) la solicitud de inscripción debe considerarse estimada por silencio administrativo positivo»

Implicación práctica: Si han pasado 3 meses desde tu solicitud sin resolución expresa, tu Plan está automáticamente aprobado. La Administración no puede dictar una resolución denegatoria posterior.

2. Los Planes de Igualdad NO son Servicio Público

Una de las claves de la sentencia es el rechazo al argumento administrativo:

«El artículo 45 de la LOI atribuye a las empresas la obligación de elaborar y aplicar los Planes de Igualdad. No les está transfiriendo facultades relativas al servicio público»

Traducción: No aplican las excepciones restrictivas del silencio positivo. Las empresas tienen derecho pleno a esta protección.

3. El Bloqueo Sindical No Puede Perjudicar a la Empresa Diligente

El Tribunal es contundente sobre la «actitud escasamente diligente de los sindicatos»:

«La falta de adhesión de los sindicatos ha impedido que pueda constituirse válidamente la comisión negociadora (…) [pero esto no impide] la aplicación del silencio administrativo positivo»

¿Qué Significa Esto para Tu Empresa?

Si Estás en una Situación Similar

  1. Documenta todo: Conserva todas las convocatorias, emails, y comunicaciones con sindicatos
  2. Calcula los plazos: Desde la fecha de solicitud, cuenta 3 meses
  3. Reclama el silencio positivo: Si ha transcurrido el plazo, tu Plan está aprobado por ley

Si Vas a Iniciar el Proceso

  1. Convoca formalmente a todos los sindicatos legitimados
  2. Documenta las respuestas (o la falta de ellas)
  3. No esperes indefinidamente: Si no hay colaboración sindical tras esfuerzos razonables, presenta tu solicitud
  4. Haz seguimiento de los plazos administrativos

Una Protección Jurídica Real

Esta sentencia (que confirma la doctrina establecida en la STS 543/2024) no es un caso aislado. El Tribunal Supremo está consolidando una línea jurisprudencial clara:

Las empresas que actúan diligentemente no pueden ser rehenes de la pasividad sindical o administrativa.

El Mensaje Final

El cumplimiento de las obligaciones en materia de igualdad es imperativo legal. Ninguna empresa puede quedarse sin Plan de Igualdad por culpa de bloqueos externos. El Tribunal Supremo ha enviado un mensaje claro: quien cumple con sus obligaciones, será protegido por el ordenamiento jurídico.

¿Tu empresa se encuentra en una situación similar? La jurisprudencia está ahora de tu lado.

Fuente: STS 6268/2024, de 20 de diciembre, Tribunal Supremo – Sala de lo Social. Caso KUTXABANK Aseguradora vs. Ministerio de Trabajo y Economía Social.

people, business, meeting, business meeting, coworkers, agreement, men, women, professionals, office, employees, suit, work, greeting, boss, computer, group, handshake, desk, team, colleagues, arrangement, people, business, business, business, business, business, meeting, meeting, business meeting, office, office, work, team

Silencio Administrativo Positivo en Planes de Igualdad Leer más »

Igualadad

¿Por qué un Plan de Igualdad Integral es clave para que las empresas sean más competitivas?

En un entorno empresarial cada vez más exigente y diverso, la igualdad de género y la no discriminación se han convertido en pilares fundamentales para el éxito sostenible. Un Plan de Igualdad Integral no es solo una obligación legal, sino una herramienta estratégica que transforma la cultura organizacional y mejora la competitividad de las empresas.

¿Qué aporta realmente un Plan de Igualdad?

Implementar un Plan de Igualdad va más allá del mero cumplimiento normativo. Supone realizar un análisis profundo y riguroso de las políticas y prácticas de recursos humanos, lo que permite detectar áreas vulnerables o con potencial de mejora. Gracias a esta auditoría interna, las empresas pueden implementar acciones concretas que:

  • Fomentan un entorno de trabajo más seguro, inclusivo y respetuoso.
  • Reducen los riesgos asociados a posibles reclamaciones o sanciones legales.
  • Mejoran la motivación y satisfacción del equipo humano, aumentando su compromiso y productividad.
  • Potencian la creatividad e innovación al integrar la diversidad como un valor diferencial.
  • Refuerzan la reputación corporativa, lo que influye positivamente en la captación y fidelización de talento y clientes.

Desde mi experiencia como abogada especializada en derecho laboral y en planes de igualdad, he visto cómo estas iniciativas, bien diseñadas y aplicadas, pueden generar cambios profundos y duraderos.

Fases clave para diseñar un Plan de Igualdad efectivo

Formación inicial de la comisión de igualdad

Para que un plan tenga éxito, las personas encargadas de impulsarlo deben estar formadas y comprometidas. Esta fase proporciona los conocimientos y herramientas necesarias para entender el marco legal, los objetivos del plan y la metodología a seguir, asegurando una participación activa y responsable.

Creación formal de la comisión

No todas las empresas son iguales: la comisión debe adaptarse a la estructura y características propias de cada organización. Esto incluye considerar la existencia de diferentes centros de trabajo, la representación sindical o la comunicación con las personas trabajadoras. Una correcta constitución de la comisión es fundamental para que el plan sea válido y pueda registrarse oficialmente.

Diagnóstico exhaustivo

Se recopilan y analizan datos estadísticos, se realizan auditorías retributivas y se aplican cuestionarios tanto a la plantilla como a la dirección. Esta evaluación detallada permite conocer la situación real de la empresa y detectar desigualdades o áreas de mejora.

Diseño de medidas correctoras y establecimiento de objetivos

Con la información obtenida, se diseñan medidas específicas que abordan las carencias detectadas y buscan promover la igualdad efectiva. Se definen metas concretas para medir el impacto y asegurar el avance.

Redacción, aprobación y registro del plan

El documento final, que incluye todas las acciones y objetivos, debe ser aprobado por la comisión y registrado ante la autoridad laboral para garantizar su validez.

Seguimiento, evaluación y mejora continua

La igualdad no es un objetivo estático. Es fundamental monitorizar la implementación de las medidas, evaluar sus resultados y actualizar el plan conforme a las necesidades y avances de la empresa.

Vigencia y renovación

Los planes de igualdad tienen una vigencia máxima de 4 años, tras los cuales es necesario renovarlos o crear uno nuevo que siga impulsando la igualdad en el entorno laboral.


Empieza hoy a transformar tu organización

Si quieres que tu empresa avance hacia un entorno más justo, productivo y competitivo, te invito a conocer los cursos y asesorías especializadas que ofrezco para acompañarte en este proceso.


¿Necesitas asesoramiento personalizado?

¿Necesitas apoyo de una experta para crear el Plan de Igualdad que responda a los requisitos legales y promueva resultados efectivos? Contáctame y comenzamos.


¿Por qué un Plan de Igualdad Integral es clave para que las empresas sean más competitivas? Leer más »

Prevención del acoso

Beneficios de formar en Prevención del Acoso

Un curso de prevención del acoso en el entorno laboral tiene múltiples beneficios tanto para la empresa como para las personas trabajadoras. A continuación se detallan algunos de estos.

Prevención de conductas inadecuadas

  • Ayuda a identificar comportamientos que pueden constituir acoso sexual, por razón de sexo, psicológico o moral.
  • Promueve una cultura del respeto y la igualdad en el lugar de trabajo.

Protección legal para la empresa

  • Cumple con las obligaciones legales recogidas en:
    • Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
    • Ley 15/2022, de igualdad de trato y no discriminación.
    • Ley de Prevención de Riesgos Laborales (art. 4 y 15).
    • Convenios colectivos y el marco de los protocolos obligatorios contra el acoso.
  • Reduce el riesgo de sanciones, denuncias o responsabilidades legales por omisión.

Mejora del clima laboral

  • Fomenta relaciones laborales sanas y una comunicación más abierta.
  • Aumenta la sensación de seguridad, confianza y bienestar en la plantilla.

Reducción del absentismo y la rotación

  • Las personas que trabajan en entornos seguros y respetuosos son más productivas, están más motivadas y permanecen más tiempo en la empresa.

Impulso a la imagen y reputación de la empresa

  • Refuerza el compromiso de la organización con la responsabilidad social, la igualdad y la diversidad.
  • Mejora su posicionamiento frente a clientes, proveedores, inversores y la sociedad.

Desarrollo de competencias clave en la plantilla

  • Aporta herramientas para saber cómo actuar ante situaciones de acoso, ya sea como víctima, testigo o responsable.
  • Fomenta habilidades de liderazgo inclusivo, comunicación no violenta y resolución de conflictos.

Refuerzo de los protocolos internos

  • El curso permite dar a conocer el protocolo de la empresa contra el acoso, sus canales de denuncia y garantías.
  • Aumenta la confianza en los procedimientos y en la implicación de la dirección.

¿Tu empresa está comprometida con la igualdad y la prevención del acoso?

Si ya estáis llevando a cabo acciones en este ámbito o queréis empezar a hacerlo con una base sólida y eficaz, podemos ayudarte.

Agenda una sesión de asesoramiento personalizada y te orientaremos sobre cómo cumplir con la normativa, aplicar buenas prácticas y crear entornos laborales seguros, inclusivos y libres de discriminación.

Beneficios de formar en Prevención del Acoso Leer más »

igualdad

Igualdad sin culpas: una mirada inclusiva y justa en nuestras formaciones

Cuando hablamos de igualdad, muchas veces surgen malentendidos. Uno de ellos es la percepción de que el enfoque se basa en culpabilizar al hombre o en presentarlo como el principal responsable de los problemas sociales vinculados a la desigualdad, la violencia o la discriminación. Nada más lejos de nuestra intención.

Desde nuestro trabajo como consultoría especializada en igualdad de trato y de oportunidades, así como en la prevención del acoso en el entorno laboral, apostamos por una visión que dignifica a todas las personas. La igualdad no va de señalar culpables, sino de entender contextos, revisar estructuras y construir entornos laborales más justos, seguros y respetuosos para todas las personas, sin importar su género.

Sí, denunciamos las desigualdades y los sistemas que las perpetúan. Pero lo hacemos con rigor, con datos, con escucha y con voluntad transformadora. Nuestra propuesta no busca incomodar gratuitamente ni generar rechazo, sino abrir conversaciones honestas y constructivas. No creemos en una igualdad que enfrenta, sino en una que une desde la conciencia y la responsabilidad compartida.

Durante nuestras formaciones, lo dejamos claro: no venimos a repartir culpas ni a etiquetar a nadie. Venimos a construir. Venimos a generar espacios donde todos y todas puedan comprender mejor los mecanismos que generan desigualdad y, desde ahí, comprometerse en la mejora del entorno laboral y social.

Creemos en una igualdad real, que protege derechos y dignidad. Que no excluye, sino que suma. Que no ataca, sino que propone. Porque solo desde ahí podremos avanzar hacia una cultura de empresa donde la diversidad sea un valor, la equidad una práctica diaria y el respeto una norma común.

Y eso, sin duda, nos beneficia a todas y todos.

¿Tenéis compromiso real con la Igualdad?

Gracias por leer este artículo. Si compartes una visión respetuosa y comprometida con la igualdad, y quieres avanzar hacia un entorno laboral libre de discriminaciones, podemos trabajar juntas.

Igualdad sin culpas: una mirada inclusiva y justa en nuestras formaciones Leer más »

Business professionals discussing data charts and graphs in a modern office setting.

¿Por qué es importante implementar un Plan de Igualdad en tu empresa?

La igualdad de género en el ámbito laboral no es solo una cuestión de cumplimiento normativo, sino una oportunidad para transformar profundamente la gestión de los recursos humanos y mejorar la cultura organizativa.

El Plan de Igualdad es, en esencia, una auditoría integral de todas las políticas y prácticas de RRHH. A través de este proceso, las empresas analizan cómo están gestionando actualmente aspectos clave como la contratación, la promoción, la formación, las condiciones laborales o la conciliación, entre otros.

Gracias al diagnóstico previo, muchas personas responsables de RRHH descubren desigualdades que, hasta entonces, pasaban desapercibidas: desde brechas salariales hasta una baja representación femenina en puestos de responsabilidad. Esta toma de conciencia permite actuar de forma estratégica para mejorar no solo en materia de igualdad, sino en la gestión global del talento.

¿Cuáles son las fases del Plan de Igualdad?

Un Plan de Igualdad bien estructurado se desarrolla en varias fases:

  1. Constitución de la Comisión Negociadora.
  2. Realización del diagnóstico de situación, que analiza la realidad de la empresa en relación con la igualdad de género.
  3. Diseño de medidas y objetivos concretos, adaptados a la situación detectada.
  4. Implementación del plan, con calendarios, responsables y recursos asignados.
  5. Seguimiento y evaluación, para comprobar que se están cumpliendo los objetivos y adaptar las medidas si es necesario.

¿Qué áreas se analizan en el diagnóstico?

Según el artículo 46.2 de la Ley Orgánica 3/2007 y el artículo 8 del Real Decreto 901/2020, el diagnóstico del Plan de Igualdad debe abordar, como mínimo, las siguientes materias:

  • Proceso de selección y contratación.
  • Clasificación profesional.
  • Formación.
  • Promoción profesional.
  • Condiciones de trabajo (incluida la auditoría retributiva).
  • Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
  • Infrarrepresentación femenina.
  • Retribuciones.
  • Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

Este diagnóstico debe realizarse con perspectiva de género, utilizando datos cuantitativos y cualitativos desagregados por sexo, y teniendo en cuenta la realidad de cada centro de trabajo si existen varios.

¿Cuál es la duración del plan?

El Plan de Igualdad tiene, por lo general, una duración de cuatro años, aunque esto puede ajustarse en función de las características de la empresa. No obstante, es importante que durante este período se realice un seguimiento anual y, al finalizar, una evaluación completa, que permita valorar el grado de cumplimiento y planificar el siguiente ciclo.

¿Qué empresas están obligadas a tener un Plan de Igualdad?

Desde marzo de 2022, todas las empresas con 50 o más personas en plantilla están obligadas a tener un Plan de Igualdad registrado en REGCON (Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo). Esta obligación legal no es solo una formalidad: su incumplimiento puede acarrear sanciones importantes y limitar el acceso a ayudas públicas o contratos con la administración.

Pero más allá de la obligatoriedad, implementar un Plan de Igualdad es una oportunidad para crecer como empresa, fortalecer la marca empleadora, fidelizar al talento y mejorar el clima laboral.

¿Por qué es importante implementar un Plan de Igualdad en tu empresa? Leer más »